ATENEO DE MAIRENA DEL ALJARAFE
MAIRENA DEL ALJARAFE
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Cabe señalar que la presencia ciudadana en lo político no se circunscribe a los procesos electorales. Junto a estos procedimientos indirectos existen dispositivos de participación directa, entre los que pueden citarse las manifestaciones, las concentraciones, los boicots, las huelgas de diverso tipo, etc.; si bien asistimos a un reduccionismo, y en ocasiones descalificación y criminalización de estos segundos medios (llámese Ley Mordaza), que circunscribe la participación política al depósito del voto a unos representantes. Por otra parte, conviene recordar que la posición que concibe la participación en estos procesos como eje fundamental de la democracia y/o transformación social no está exenta de críticas e incluso rechazos.
Centrándonos en los procesos electorales en el Estado español, recogemos la crítica más generalizada a la Ley Orgánica del Régimen Electoral General: la falta de proporcionalidad entre votos y escaños y las dificultades de entrada a los partidos pequeños. Así, se da una representación abultada de las provincias menos pobladas y se propicia que los partidos que no alcancen el 15% de los votos queden excluidos cuando se distribuyen menos de 4 escaños. Se trata de una norma que favorece a los partidos grandes de ámbito nacional en detrimento de los pequeños; sin que los de consideración regionalista o nacionalista se vean afectados.