Dirección D. Emilio-Otto Moeckel Gil. Moeckel abogados & ICIDE
Siendo una materia de especial sensibilidad social debido a la doctrina establecida por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre el reintegro íntegro de las cantidades cobradas por las entidades de crédito indebidamente con las denominadas “cláusulas suelo” corrigiendo el criterio de nuestro Tribunal Supremo, cobra vital importancia el contenido del curso propuesto a la UNIA, toda vez que no todos los préstamos hipotecarios contemplan cláusulas abusivas o las denominadas cláusulas suelo, siendo sin embargo una práctica generalizada que la entidad de crédito haya impuesto todos los gastos inherentes para la constitución del préstamo hipotecario al prestatario (comisiones de estudio, de apertura, gastos de notaría in integrum de inscripción registral del préstamo, de gestión, cobro de la totalidad de intereses por vencimiento anticipado etc.), a los que conforme a la Sentencia del Tribunal Supremo Español nº 705/2015 de 23 de diciembre, siendo ponente de la misma el Excmo. Sr. Magistrado D. Pedro José Vela Torres atendiendo a los parámetros expuesto por la Sentencia de 14 de marzo de 2014 dictada por el TJUE en el caso Aziz.